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viernes, 3 de junio de 2022

LAS CASTAS INVISIBLES DE LA ARGENTINA: Encomiendas encubiertas y trabajo esclavo hasta mediados del Siglo XX

LAS CASTAS INVISIBLES DE LA ARGENTINA: Encomiendas encubiertas y trabajo esclavo hasta mediados del Siglo XX Editorial UNRN Universidad Nacional de Río Negro Capítulo 2. De todos lados, en un solo lugar Capítulo 4. De la mapu a los ingenios En el país de nomeacuerdo | Walter Delrio , Diego Escolar , Diana Lenton , et al. Parte 1 Buscar en el libro Índice de materias Citar Compartir Citado por ORCID Info Añadir a ORCID Capítulo 3. Castas invisibles de la nueva nación Los prisioneros indígenas de la Campaña del Desierto en el registro parroquial de Mendoza Diego Escolar y Leticia Saldi p. 99-136 Texto Bibliografía Notas Autores 





Texto completo Introducción 1Un arraigado sentido común sugiere que los pueblos originarios del sur de Mendoza (catalogados como pehuenches, puelches o picunches) se extinguieron físicamente durante el inicio de la Campaña del Desierto en 1879. Sin embargo, existen abundantes evidencias no solo de la continuidad de presencia indígena, sino también de la masiva incorporación en la provincia de grupos trasladados forzosamente de la Patagonia, la Pampa central y la propia región sur de Mendoza durante las campañas. Estos prisioneros fueron confinados en barracones, potreros y comisarías y distribuidos en obrajes, estancias, fincas o casas de familias locales. Muchos murieron durante los propios traslados o inmediatamente en los sitios de destino, pero la mayoría sobrevivió en condiciones sociales nuevas, en algunos casos hasta la década de 1950, generando también descendencia. ¿Cuáles fueron los procedimientos para la administración, control, distribución y apropiación de los prisioneros? ¿Cómo fueron identificados y de qué manera se procesó su diferencia en un contexto de formación nacional? ¿Cómo se incorporaron o qué espacios y posiciones ocuparon en la sociedad mendocina? ¿Cuál fue el rol de la Iglesia católica en este proceso? 2Como efecto de los presupuestos de extinción o la falta de mayores investigaciones persisten interrogantes importantes. Uno de los problemas señalados para el estudio de este proceso es la carencia de fuentes donde estén claramente asentados los datos de los prisioneros repartidos. A partir del análisis de archivos parroquiales de la provincia de Mendoza durante 1879 y la primera mitad de la década de 1880, estudiaremos los modos de incorporación de dichas poblaciones, el papel de la Iglesia en su legalización, las categorías identitarias por las cuales estos fueron interpelados, las proporciones etarias y de género, la distribución interna dentro de la provincia y los lugares de origen. 3Durante las campañas militares de ocupación de los territorios indígenas del área pampeana y patagónica por parte del ejército argentino entre fines de la década de 1870 y mediados de la de 1880, comúnmente asociadas al rótulo Conquista del Desierto, miles de prisioneros indígenas fueron confinados en reservas, barracones, campos de concentración y presidios y luego distribuidos como virtuales esclavos en obrajes, ingenios, estancias o familias. Muchos murieron en los propios traslados o inmediatamente en los sitios de destino, pero la mayoría sobrevivió en condiciones sociales nuevas, en algunos casos hasta la década de 1950. 4Desde hace poco más de una década comenzaron a desarrollarse investigaciones en profundidad que revelaron el carácter masivo y cotidiano de estas prácticas y apuntaron a su planificación estatal-nacional.1 La perspectiva de análisis centrada por un lado en la denominada Campaña del Desierto o awkan como evento, y en el microanálisis de experiencias de confinamiento y traslado, ha hecho hincapié en el carácter unificado de las relaciones fronterizas, de las políticas del Estado nacional respecto de los indígenas y de las propias campañas militares. No obstante la riqueza de estos aportes, no alcanzaron a dimensionar el hecho de que en la movilización militar y las relaciones fronterizas, el tratamiento de los prisioneros, e incluso la inserción ulterior de los mismos, primaron a menudo dinámicas específicamente provinciales. Esto ha permitido que permanezca relativamente oscurecida una parte importante y masiva de las experiencias del período, como la reinserción de los prisioneros en nuevos contextos provinciales y los procesos concretos en que operó, y en qué medida, la asimilación o descaracterización étnica y racial y la inscripción de los mismos en nuevas relaciones sociales. Correlativamente, aunque la movilización forzada de prisioneros se dio en muchas provincias del país, como Tucumán, Córdoba, Entre Ríos, Mendoza, San Luis y Misiones, los análisis han aportado en general más datos sobre Buenos Aires. Esto a pesar de que, como en el caso de Mendoza, fueron de magnitud tal vez equivalente y de mayor impacto demográfico relativo. En efecto, las divisiones militares mendocinas (cuya participación fue decisiva en el sector andino de las campañas)2 trasladaron a la provincia numerosos prisioneros indígenas que fueron repartidos en diversas localidades rurales y la propia capital. 5El principal responsable del traslado y reparto de prisioneros fue el coronel Rufino Ortega, hombre de confianza de Julio A. Roca, jefe de las divisiones mendocinas y gobernador de la provincia entre 1884 y 1887. Ortega fue el más importante pionero de Malargüe, paraje del sur de Mendoza. En sus tierras se construyó el fuerte San Martín, o El Alamito, clave para el corrimiento de la frontera sur hacia Neuquén. Entre fines de 1874 y 1877 fue comandante de la frontera sur de Mendoza (Binayán Carmona, 1963; Rusconi, 1962; Delrio y Escolar, 2009; Escolar, 2008 y 2012).3 6Binayán Carmona cita que en una sesión del Congreso nacional en 1885 –cuando aún se estaban repartiendo prisioneros indígenas en la Capital Federal– el diputado Puebla mencionó los repartos que presenciara en la frontera de Mendoza como ejemplo del sistema adoptado por el poder Ejecutivo, que «es del dominio público». Carmona, quien conoció personalmente a Juan Carcumino, uno de los indígenas repartidos, afirma que estos repartos fueron ordenados por Ortega en Malargüe: «Los indios fueron distribuidos por el futuro mandatario provincial entre varios personajes mendocinos del momento y se reservó un lote para sus propiedades en Rodeo del Medio. Según referencias la descendencia de este grupo subsiste en los Departamentos del Sudeste de la ciudad de Mendoza» (Binayán Carmona, 1963, p. 271). 7Hemos podido reconstruir hasta el momento, a partir de diversas fuentes, que no menos de 3000 prisioneros fueron trasladados a Mendoza. Entre 1879 y 1883 habrían sido enviados a Mendoza como mínimo 2500 prisioneros, 800 de la primera campaña y más de 1700 de la segunda, si nos basamos en partes militares oficiales.4 El padre Cagliero mencionó luego que durante su presencia en la misión de 1887 en Chichinales, Río Negro, el gobierno nacional ordenó la deportación de 80 familias de la tribu de Sayhueque con destino a una colonia en Mendoza, lo que arroja un aproximado de 400 personas más (citado en Delrio, 2005, p. 106).5 Pero excepto esta última mención, no encontramos referencias precisas sobre cantidad de indígenas trasladados o repartidos con posterioridad a 1883. No obstante, observamos que existen numerosos bautismos después de esta fecha, lo cual podría indicar un subregistro, consistente con testimonios de indígenas recabados por Carlos Rusconi, que mencionan contingentes de miles de personas.6 8La presencia de los indígenas en centros de confinamiento, estancias y casas de familia es parte de las memorias colectivas locales de diferentes grupos sociales, y existen abundantes referencias escritas de época, no obstante las investigaciones históricas hayan obviado o minimizado su masividad. En este capítulo avanzaremos en un estudio de escala provincial que apunta a dar cuenta de los procedimientos y prácticas de incorporación de los prisioneros y específicamente las contradicciones de su inscripción en nuevas relaciones sociales en el marco de la relocalización dentro de comunidades provinciales, de su inclusión en nuevos estatus legales y políticos dentro de la ciudadanía y de su reclasificación en términos étnicos o nacionales hegemónicos. Dentro de estos procedimientos de incorporación, uno de los más reveladores y menos estudiados ha sido el del bautismo de los prisioneros en las parroquias de los lugares a los que fueron destinados. Las actas de bautismo generadas por la Iglesia durante siglos sancionaron la inscripción de la identidad individual de las personas a efectos legales y en los Estados nacionales modernos. Hasta la puesta en marcha de los registros civiles, fueron el documento que probaba la pertenencia nacional como sujeto de derechos constitucionales. Pero a la vez, en un contexto de derecho liberal moderno, las actas de bautismo de indígenas son una prueba literalmente documental y la sanción cuasilegal de una situación de excepción, en el sentido que le da a este término Giorgio Agamben (1998): la incorporación ciudadana de sujetos en el acto mismo en que sus derechos y garantías constitucionales están siendo vulnerados por un Estado que viola su propia ley. El bautismo funcionó como un acto que sancionaba la excepción, como un instrumento cuasi o paralegal para la violación de esos derechos formalizando la apropiación del trabajo y cuerpos de los indígenas, la separación forzada de sus familias, la relocalización y la asociación subordinada a un nuevo parentesco putativo, todo ello luego de un acto de conquista. 9Así, las actas de bautismo de indígenas sancionaron un orden de excepción en que, como señala Agamben, para los indígenas se suspende el orden jurídico o más bien el hecho y el derecho se confunden y se vuelven indistinguibles (Agamben, 1998, p.18). Es en este sentido que la figura del campo de concentración, definida por Agamben como nomos del Estado moderno, no debe ser confundida con el espacio empírico del confinamiento y aislamiento masivo, como Valcheta en Río Negro, la isla Martín García en Buenos Aires o la estancia de Rodeo del Medio en Mendoza. El espacio donde la excepción se materializa no depende de características infraestructurales particulares (alambrados, muros) sino que puede ser la casa, la calle o la estancia donde los indígenas están a merced de soberanos locales o familiares con patria potestad, con una subordinación extralegal de hecho, o cuasilegalizada por la inscripción del bautismo y el padrinazgo..,

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