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miércoles, 23 de diciembre de 2015

PALIMPSESTO 5

PALIMPSESTO 5

Los cálculos a ojo de buen cubero en Ciencias Sociales, particularmente en Historia y Pedagogía, solo demuestran la falta de conocimiento sobre esos temas.
http://www.aulafacil.com/

"Educar no es fabricar adultos según un modelo, sino liberar en cada persona lo que le impide ser ella misma". Olivier Reboul

CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA-PRIMERA PARTE-Capítulo Primero-Declaraciones, derechos y garantías
Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Algunos datos interesantes de la Ley de Educación Nacional entendiendo que el tiempo del debate se terminó cuando fue sancionada y, como en toda ley, se la puede reformar por los mecanismos de la Constitución Nacional Argentina.
LEY DE EDUCACION NACIONAL - Ley 26.206
Sancionada: Diciembre 14 de 2006 y Promulgada: Diciembre 27 de 2006
ARTÍCULO 67.-
Derechos:
"…c) Al ejercicio de la docencia sobre la base de la libertad de cátedra y la libertad de enseñanza, en el marco de los principios establecidos por la Constitución Nacional y las disposiciones de esta ley..."
"Obligaciones:
a) A respetar y hacer respetar los principios constitucionales, las disposiciones de la presente ley, la normativa institucional y la que regula la tarea docente..."

"...En el año 1988 se sancionó la Ley No 23.592 sobre Actos Discriminatorios que en su Artículo 1o reconoce como discriminación cualquier impedimento o restricción del pleno ejercicio "sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional […] por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos"...

Ignorancia de la ley


Principio que establece que la ignorancia de las normas no excusa de su cumplimiento (ignorantia iuris non excusat). Tiene su origen en el Derecho romano y hoy en día no se concibe en sentido estricto de manera que suponga la obligación de todos los ciudadanos de conocer las normas, pues resulta una tarea imposible.
Pero si para aquellos que la aplican o se rigen por ella.

¡NO EXISTEN FÓRMULAS MÁGICAS PARA DAR CLASES!

Durante mucho tiempo, algunas personas, me exigieron saber cuales eran las fórmulas para dar clase (al menos las que yo aplicaba). El abordaje que incluía el pedido o la exigencia era generalmente invasivo o agresivo y mis respuestas generaban frustración e ira, con alguna que otra respuesta verbal, por parte del inquisidor, despectiva: ¡No sabe explicarlo!

Durante nuestra primera formación docente, cuando nos iniciábamos en esto nos explicaban métodos y técnicas, entendiendo que se trataba de una capacitación básica, que luego desarrollaríamos en la práctica constante y con las re-capacitaciones a lo largo de nuestro desempeño en clase que incluiría múltiples variantes todos los días de nuestra práctica docente continua, que equivale a decir que existe una capacitación o educación continua, que excede en mucho a la meramente formal re-capacitación o re-formación.

Todos los individuos pasibles de educación son diferentes, todas las generaciones son diferentes, todos los grupos humanos son diferentes y algunas personas piensan que mágicamente, con una fórmula, se los puede educar y lograr que ese educando pase plácidamente del pasible al gozo del conocimiento por obra y gracia de una combinación de elementos o de fórmulas que puede aplicar cualquiera con un somero entrenamiento. Incluso se me llegó a decir que mintiendo se puede arribar a conclusiones satisfactorias para el Sistema Educativo y para esa misma persona paciente de frustraciones encontradas o que los encontrarán más tarde o más temprano.

En otras palabras la práctica y el conocimiento constante hace al maestro y ello no se logra copiando una fórmula, porque se necesita aplicar muchas técnicas y métodos, con los individuos, con los grupos, variando cada una de ellas en el momento justo, que solo se logra aprender con la práctica y sabiendo que no servirán con el paso de las generaciones, para lo que será necesario volver a cambiar esos mismos métodos y técnicas, ya sea que las elabore total o parcialmente ese docente.

Para terminar el secreto se encuentra en la capacidad adquirida, no mágica o fantástica, de elaborar o transformar elaboraciones propias o de terceros, para aplicarlos a la práctica cotidiana y a la extendida en el tiempo. Los métodos y las técnicas deben cambiar de esa forma, un poco todos los días y mucho a lo largo del tiempo, no solo porque lo viejo cansa, sino porque ya no sirve, porque las variables sociales o tecnológicas ya cambiaron aceleradamente.

Lo único que no puede cambiar en la práctica es la fijación correcta de límites flexibles, pero aplicables al mediano tiempo, porque la transferencia entre los individuos de una misma comunidad sirve de base para ese ejercicio en un tiempo intermedio, pero no lo será en el largo tiempo, porque también cambian las leyes y demás normas que sirven de referencia a los límites. Igual ocurre con las  fuentes de esas leyes y normas.

Guillermo Fernando Cámara
Teléfono Celular 342-5045816

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